¿Reivindicación o delito?

Una noticia que, lamentablemente, ha cobrado mucho protagonismo por su reiterada acción es el activismo como motivación para cometer actos vandálicos contra obras de arte en museos. Son numerosos los ejemplos, como puede ser el tomate lanzado contra el cristal de Los Girasoles de Van Gogh (National Gallery de Londres), el puré arrojado sobre Los Pajares de Claude Monet (Museo Barberini de Potsdam), el tartazo contra la estatua de cera del nuevo rey Carlos III (Museo londinense de Madame Tussauds) o los ataques con pegamento extrafuerte en obras de Goya e incluso sobre La Joven de la Perla.

Muchos museos fijan ahora la mirada en este tipo de actos, mientras que refuerzan la seguridad en sus salas para evitar nuevos fenómenos como los acontecidos últimamente.

Acciones que se han llevado a cabo durante los últimos meses, como la adhesión de un par de activistas a un cuadro de Picasso o el tartazo a La Gioconda del Louvre, no han tenido ningún tipo de consecuencias.

Por otro lado, Mabel Tapia, subdirectora artística del Museo Reina Sofía comentó que el museo tiene obligación de cuidar su patrimonio cultural, teniendo en cuenta todas las necesidades y situaciones. Sin embargo, la seguridad de los museos está más orientada a los robos que a los actos vandálicos de esta índole.

A nivel legal, se están tomando medidas y consideraciones. En España, el Tribunal Supremo sentenció en marzo de 2022 que los daños provocados en los bienes del patrimonio histórico-artístico son constitutivos de un delito del artículo 323 del Código Penal, con independencia del valor de los desperfectos, siempre y cuando tengan cierta entidad y no sean fácilmente reparables. El artículo 323.2 añade, además, una agravante específica en el caso de especial gravedad del daño y especial relevancia del valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental.  El ordenamiento jurídico podría establecer, por tanto, una pena de hasta 5 años de cárcel por actitudes como las relatadas y, además, en algunos casos, la restauración podría correr a cuenta del autor del delito.

Son numerosas las motivaciones por las que activistas deciden dañar las obras de arte, pero no hay mejor definición en estos casos que apuntar que “el fin no justifica los medios”. Dañar nuestro patrimonio, es decir, el de todos, no puede ser una opción de reivindicación de ninguna lucha. Nuestra identidad representada en objetos artísticos e históricos encerrados en museos debería ser intocable e innegociable. Son evidentes los problemas mundiales y necesarias las causas de movimientos activistas, pero el vandalismo no es ni un medio ni un camino, sino más bien todo lo contrario: un retroceso susceptible de delito.

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